Denuncia

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¿Tiene usted constancia de un caso de corrupción o de mala praxis en el sector público catalán, y puede aportar pruebas de ello?

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La Oficina Antifraude de Cataluña le ofrece diversos canales para que usted pueda denunciar cualquier situación de fraude o corrupción de la que tenga constancia, relacionada con el sector público catalán.

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Y siempre garantizamos la confidencialidad del alertador, que contribuye, de este modo, a reforzar la integridad del sector público en Cataluña.

  • Por Internet, mediante el Buzón de denuncias anónimas. Este es un canal seguro para la admisión de comunicaciones, ya que: permite el anonimato durante todo el proceso y la bidireccionalidad de las comunicaciones, y oculta la identificación del dispositivo (dirección IP) mediante el cual usted se conecta a la red.
  • Por Internet, rellenando este formulario y enviándolo por correo electrónico a: bustiaoac@antifrau.cat; o bien, previa identificación con certificado digital (firma electrónica), anexándolo en el apartado Denuncie de la sede electrónica.
  • Presencialmente, en el registro general de la Oficina Antifraude de Cataluña (c/ Ribes 1-3, 08013 Barcelona, de lunes a viernes, de 9 a 14h) o en cualquier registro de las administraciones públicas. La documentación que nos aporte será digitalizada y le será devuelta. No nos quedaremos una copia en formato papel, por tanto no es necesario aportar fotocopias de la documentación.

Usted puede descargar este formulario con instrucciones para presentar su denuncia.

Si desea más información, llame al 935 545 555

Cualquier persona puede dirigirse a la Oficina Antifraude de Cataluña para denunciar hechos que se puedan considerar constitutivos de corrupción, o de conductas fraudulentas o ilegales contrarias a los intereses generales.

Si bien las denuncias son voluntarias, el artículo 16.4 de la Ley 14/2008, de 5 de noviembre, de la Oficina Antifraude de Cataluña, impone a las autoridades y a los directores o responsables de las oficinas públicas el deber de comunicar este tipo de hechos a Antifraude de forma inmediata.

Se analiza la verosimilitud de los hechos denunciados, y se verifica si la Oficina Antifraude tiene competencia para investigarlos. Si la persona denunciante actúa con consciencia de la falta de veracidad de los datos aportados, o con la única finalidad de denigrar a la persona o a la institución denunciadas, se le podrán exigir las responsabilidades que correspondan.

  • El hecho que motiva la denuncia.
  • El nombre de la administración o ente del sector público contra el cual se plantea dicha denuncia.
  • Una breve explicación de los pasos ya tomados previamente, y de las circunstancias relativas a los hechos denunciados.
  • El nombre y los apellidos, la dirección postal y el teléfono (en caso de que no se trate de una denuncia anónima) de la persona que formula la denuncia. Es conveniente adjuntar una copia de su DNI.

La denuncia puede ser anónima; lo más importante es la verosimilitud de los hechos expuestos, no la persona que presenta dicha denuncia. Ahora bien, la posibilidad de mantener un canal de comunicación abierto con el denunciante facilita y acelera el proceso de análisis e investigación de Antifraude.

Usted puede presentar las denuncias de manera anónima mediante cualquiera de las opciones que ofrecemos, excepto a través del formulario de la sede electrónica, ya que para ello se requiere la firma digital.

Antifraude ha habilitado el Buzón de denuncias anónimas, un canal seguro de admisión de las comunicaciones, ya que permite mantener el anonimato durante todo el proceso, la bidireccionalidad de las comunicaciones, y la ocultación del dispositivo electrónico (dirección IP) desde el que el denunciante se conecta a la red.

Toda persona que denuncie o alerte de presuntas prácticas corruptas puede obtener el compromiso escrito de que su identidad no será revelada y, en este caso, la Oficina Antifraude mantendrá sus datos en secreto. Juntamente con la reserva de identidad, la Oficina Antifraude proporciona asistencia y asesoramiento al alertador.

Cuando nuestra institución tenga conocimiento de que la persona denunciante o informante ha sido objeto de actos de intimidación o de represalias, promoverá o ejercerá ante las autoridades competentes las acciones correctoras o restitutorias que sean oportunas.

La Oficina Antifraude tramita sus investigaciones con la máxima reserva y confidencialidad, de acuerdo con la ley. Siempre que puede, y si ello no afecta a información personal que no sea pública, la Oficina comunica al denunciante el contenido de la resolución que se deriva de su denuncia. Cuando se archiva una investigación, Antifraude informa al denunciante para que, si lo cree oportuno, pueda trasladar la información a otra autoridad.

El director de la Oficina, en la Instrucción 1/2021, de 19 de julio, fija las directrices y los criterios de inadmisión y archivo de denuncias o comunicaciones, los criterios para la resolución de las actuaciones investigación y se identifican los supuestos de actuación preferente en los casos de comprobación e inspección realizados a iniciativa de la Oficina Antifraude. La instrucción la puedes consultar aquí.

Antifraude de Cataluña no puede imponer sanciones. Si de sus investigaciones se desprenden indicios de delito, debe trasladar los hechos a la Fiscalía o a la autoridad judicial y, si se trata de una infracción administrativa, debe proponer la aplicación de una sanción disciplinaria. También puede, simplemente, hacer recomendaciones de mejora para evitar los riesgos de conductas impropias.

Usted puede comunicar a la Oficina Antifraude los hechos de corrupción que afecten a los intereses generales o a la gestión de los fondos públicos de los que tenga conocimiento. Antifraude puede actuar al respecto en: entidades del sector público de Cataluña (Administración de la Generalitat, ayuntamientos, diputaciones, consejos comarcales, universidades públicas, empresas públicas, etc.); entidades o personas privadas que sean contratistas del sector público, exclusivamente en relación con los contratos públicos formalizados; y entidades o personas privadas que sean beneficiarias de subvenciones del sector público, exclusivamente en relación con las subvenciones recibidas.

Puede comunicar a Antifraude los actos de corrupción de los que tenga conocimiento. A modo de ejemplo, es procedente informar de las siguientes conductas:

  • Uso o destino ilegal de fondos públicos.
  • Desvío de subvenciones a fines ajenos a aquellos para los que se han otorgado.
  • Irregularidades en la contratación pública.
  • Irregularidades urbanísticas.
  • Arbitrariedades que determinan un acceso desigual a bienes, subvenciones y servicios públicos.
  • Aprovechamiento particular y arbitrario de bienes e instalaciones públicas.
  • Favoritismo y otras irregularidades en la concesión de licencias, permisos o autorizaciones.
  • Conflictos de interés, incumplimientos del deber de abstención y de la normativa de incompatibilidades.
  • Aceptación de regalos o de tratos de favor por parte de servidores públicos.
  • Uso en beneficio privado de informaciones obtenidas en el ejercicio de funciones públicas.
  • Lucro patrimonial injustificado de autoridades y funcionarios, derivado del ejercicio de sus responsabilidades públicas.
  • Falta de transparencia y cualquier forma de obstaculización en el acceso a la información pública.

Antifraude no puede actuar en relación con el fraude fiscal o social/laboral, ni en relación con fraudes de naturaleza privada.

Antifraude no puede actuar en relación con el fraude fiscal o social/laboral, ni en relación con fraudes de naturaleza privada.

  • Problemas derivados de la relación contractual con una entidad bancaria: cobro de comisiones improcedentes, cláusulas abusivas, préstamos con intereses exageradamente elevados, etc. En estos casos, puede presentarse una queja en cualquier Oficina de Información al Consumidor o en la Agencia Catalana del Consumo.
  • Problemas derivados de una compra o servicio entre particulares, o entre un particular y una empresa. Si se trata de una empresa que ofrece servicio de interés general (electricidad, agua, gas, telefonía), puede contactarse con el Síndic de Greuges. En los otros casos, puede presentarse una queja en cualquier Oficina de Información al Consumidor, o en la Agencia Catalana del Consumo.
  • Estafas entre particulares.

Si usted ya ha denunciado los mismos hechos ante las fuerzas de seguridad, los tribunales o el Ministerio Fiscal, no puede presentar una nueva denuncia. Si le consta que estos organismos han iniciado las investigaciones correspondientes, no puede presentar la misma denuncia, puesto que la Oficina Antifraude no puede cumplir funciones correspondientes a la autoridad judicial, el Ministerio Fiscal y la policía judicial, y tampoco puede investigar los mismos hechos que ya están siendo objeto de las investigaciones de tales instancias. En el supuesto de que la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal inicien un procedimiento para determinar la relevancia penal de unos hechos que ya están siendo investigados por la Oficina Antifraude, dicha oficina deberá interrumpir sus actuaciones y aportar de inmediato toda la información de la que dispone, además de proporcionar el apoyo necesario a la autoridad competente.