Actividad de seguimiento de investigaciones

Como parte de su actividad, la Oficina Antifraude lleva a cabo un seguimiento de las investigaciones que primero efectúa.

La finalidad de este seguimiento es doble: por un lado, comprobar si los entes investigados han aplicado las medidas instadas o recomendadas de manera congruente y suficiente; y por otro, comprobar y posibilitar, transcurrido un tiempo desde que finalizó la investigación, que el ente haya podido adoptar medidas adecuadas no sólo correctoras, revisoras, sancionadoras o reparadoras del daño que se haya podido causar, sino también preventivas o de buenas prácticas.

Así, esta actividad se convierte en el eslabón que une la tarea investigadora y la tarea preventiva de la institución. La sinergia entre ambas tareas permite retroalimentar a la Oficina tanto en sus funciones de prevención, señalando áreas y factores de riesgo, como en su función investigadora, proponiendo actuaciones de investigación en determinadas áreas y elaborando recomendaciones, criterios y doctrina de carácter general que pueda utilizar el personal investigador en sus actuaciones.

Por ello, a fin de ser útiles y de ayuda en la mejora de los entes incluidos en el ámbito de actuación de la Oficina, la Dirección de Prevención efectúa una propuesta de medidas preventivas orientadas a minimizar los factores de riesgo que se se han observado en los hechos investigados para que se corrijan las posibles deficiencias detectadas. Así, se promueve la incorporación de la evaluación y la gestión de riesgos para la integridad en el diseño de medidas preventivas.

Los Fondos Europeos Next Generation

La Orden ministerial HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia contempla, como actuación obligatoria para los órganos implicados en la ejecución de este Plan como perceptores de fondos europeos, la evaluación del riesgo de fraude, la declaración de ausencia de conflictos de interés y la disponibilidad de un procedimiento para abordar los conflictos de interés.

La autoevaluación que cada uno debe hacer del riesgo de fraude es una de las claves de bóveda para elaborar y diseñar medidas de prevención, detección y corrección que deben configurar los Planes de Medidas Antifraude que esta Orden ministerial prevé.

Los informes de seguimiento de Antifraude

La Oficina efectúa un análisis de riesgos relativo a los factores de riesgo detectados en los hechos que han sido objeto de investigación por si, en caso de que no se haya hecho, consideran implementar medidas preventivas y/o revisar las que ya se hayan adoptado para reducir las oportunidades de que el riesgo se materialice. Este análisis será, además, de especial utilidad a aquellos entes que quieran acceder a los Fondos Next Generation y, por tanto, tengan que elaborar un 'Plan de Medidas Antifraude' tal y como prevé la mencionada Orden ministerial.

Adicionalmente, se proporcionan aquellos recursos y herramientas que pueden resultar útiles para el análisis y gestión de riesgos tanto para la elaboración de Planes de Medidas Antifraude, de Planes de integridad o, simplemente, para una autoevaluación de la organización para implantar medidas concretas con la voluntad de mejora continua.

Con el objetivo de que el contenido de los diferentes informes de seguimiento dirigidos a los entes investigados puedan ser de utilidad en otras instituciones, la Oficina Antifrau ofrece una relación en esta página, clasificados por riesgo y tipología de organismo.