¿Qué no investigará la Oficina Antifraude?

La presentación de una denuncia no implica necesariamente el inicio de actuaciones de investigación por parte de la Oficina Antifraude de Cataluña. En determinados supuestos, la Oficina Antifraude no iniciará ninguna actuación de investigación.

Le presentamos algunos ejemplos de hechos denunciables para los que existen autoridades administrativas específicas y/o judiciales con competencia para tramitarlos y resolverlos. En cada supuesto encontrará el enlace correspondiente, donde, por razones de eficiencia y eficacia, le recomendamos presentar directamente su denuncia, aportando el máximo detalle posible y, en su caso, la documentación o información adicional disponible.

Si desea denunciar hechos sobre:

Casos con posible relevancia penal

Casos o hechos con posible relevancia penal como discriminación por razón de origen, sexo, religión, creencia; tráfico de sustancias estupefacientes; violencia de género; agresiones sexuales; amenazas, fraudes o estafas cibernéticos, etc.

 

Compra de bienes de consumo

Compra de bienes de consumo en internet o en tiendas físicas

 

 

Vivienda

Vivienda

 

 

Fraude laboral

Irregularidades en materia laboral y/o de la Seguridad Social

 

 

Asuntos tributarios

Irregularidades en materia tributaria
—Agencia Tributaria de Cataluña
—Agencia Estatal de Administración Tributaria

 

Fraude por enganche a servicios

Posibles estafas o fraude por enganches ilegales a infraestructuras de abastecimiento de agua, gas y electricidad, dirigirse a la atención al cliente de las propias compañías suministradoras y/o distribuidoras.

 

Conflictos entre privados

Conflictos entre privados (pleitos, deudas, conflictos familiares o vecinales), dirigirse a los servicios de mediación municipales para gestionar conflictos en ámbitos familiares o civiles.

 

Normativa referida a derechos y obligaciones de personas extranjeras

Cuestiones sobre extranjería (permisos de residencia, parejas de hechos ilegales...)

 

Ahora bien, si desea presentar una denuncia ante la Oficina Antifraude de Cataluña, ésta actúa como responsable del Canal externo de información de la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AAI), de acuerdo con el artículo 18 de la Ley 2/2023. En este caso, la Oficina remitirá su comunicación a la autoridad, entidad u organismo que sea competente.