¿Cuál es la fecha límite para disponer de un sistema interno de información?

(Disposiciones transitorias primera y segunda)

El plazo general para disponer de un sistema interno de información es de tres meses desde la entrada en vigor de la ley; por tanto, el 13 de junio de 2023.

Como excepción, las entidades jurídicas del sector privado con menos de 250 trabajadores y los municipios menores de 10.000 habitantes disponen de margen hasta el 1 de diciembre de 2023.

Por otra parte, será necesario adaptar los sistemas y canales internos de información ya existentes.