Un conflicto de interés es aquella situación de riesgo en la que el interés particular de una persona puede interferir en el ejercicio adecuado de su discernimiento profesional en nombre de otra que, legítimamente, confía en ese juicio.
Los conflictos de interés son situaciones coyunturales que se pueden producir en el ejercicio de la mayoría de las profesiones. Los servidores públicos se pueden encontrar, en un momento determinado, en una situación en la que un interés particular influya en su imparcialidad y objetividad.
Por lo tanto, los conflictos de interés son una:
Este tipo de situaciones se caracteriza por confrontar el deber profesional con el interés particular. Precisamente para enfatizar la confrontación entre deber e interés, la Oficina Antifraude ha optado por el término «conflictos de interés», y no de «intereses».