Conflictos de interés: una amenaza a la imparcialidad
De entrada, hay que decir que no debemos caer en la tentación de sacralizar estos indicadores. Son varias las explicaciones que avalan esta prudencia y no quisiera ahora extenderme en este punto, pero sí apuntó que estos índices ponen el foco más en la percepción de la corrupción que en las condiciones subyacentes que efectivamente la determinan. En definitiva, nos dicen que algo no va del todo bien pero no son una verdadera herramienta para detectar los principales problemas ni para diseñar políticas de prevención y lucha contra un fenómeno complejo como es la corrupción.
En todo caso, la respuesta a la pregunta inicial no es que nuestro factor humano sea de peor condición que el de los países que nos preceden. Como explica la profesora Susan Rose-Ackerman, si hay un rasgo común, universal, es el del interés propio como motor de la motivación humana. Lo que diferencia a las sociedades es la manera en que se define y se canaliza este interés particular. La corrupción es un síntoma de que la estructura de gobierno no canaliza los intereses particulares de manera efectiva y compatible con el interés general.
Entendemos por corrupción el abuso de un cargo para la obtención de un beneficio particular. Esta definición tiene la virtud que hace hincapié en el agente principal del acto corrupto y que, al mismo tiempo, abarca un amplio abanico de manifestaciones de corrupción, tanto económica como política.
Con contadas excepciones que confirman la regla, la corrupción a la que hoy nos enfrentamos en los países de nuestro entorno no es tanto la representada por el criminal que pone la mano en la caja, que extorsiona o que soborna sino por la llamada (en palabras de Lawrence Lessig) "economía de la influencia", basada en una sutil y compleja red de gratitudes en la que el intercambio no es un quid pro quo descarado sino fruto de una sucesiva y continuada relación de favores. En este sistema, el enemigo pasan a ser hombres y mujeres decentes que operan en un entorno corrupto que se nutre de dos elementos que se retroalimentan: mala gobernanza y desconfianza.
Trasladamos esto a las personas que ocupan puestos clave en las instituciones. Si, como individuos, tienen intereses particulares que los pueden distraer en el cumplimiento de su deber, la dependencia de estas personas ya no lo es, sólo, del interés general.
Los servidores públicos, tanto el personal funcionario como el resto de empleados públicos y, aún más, los representantes electos, por el cargo que ocupan, son depositarios de la confianza ciudadana. Para ser merecedores de esa confianza, deben cumplir con objetividad las obligaciones inherentes al puesto que desarrollan, es decir, deben actuar caso por caso teniendo en cuenta todas las posibles opciones y ponderando adecuadamente. Pero para poder ser objetivos, antes, deben ser imparciales y la imparcialidad está en peligro si hay conflictos de interés.
La imparcialidad no es un atributo exclusivo de las profesiones que operan en el sector público. En todas aquellas profesiones / cargos en que la imparcialidad sea esencial tiene sentido hablar de los conflictos de interés y, créanme, no son pocas. En pondré algún ejemplo: (i) periodista que bajo la apariencia de un contenido informativo, en realidad encubre una actividad publicitaria; (Ii) doctor que a sus clases en la facultad de medicina debe explicar varias alternativas de tratamiento de una patología. Los diversos fármacos disponibles son ofrecidos en el mercado para industrias competidoras pero el profesor, mantiene con una de estas una relación que le permite dar, habitualmente, conferencias bien remunerados; (Iii) regidora municipal que, regentando su cónyuge una cafetería con terraza en el municipio, participa en la votación de una ordenanza municipal sobre ocupación de vía pública.
Lo que es común a todas estas situaciones es que los profesionales que están implicados se espera un discernimiento / juicio / pronunciamiento y que los destinatarios de este discernimiento (lectores; alumnos; vecinos) tienen derecho a confiar legítimamente en que quien la emite no estará sesgado por la existencia de un interés particular.
Es posible imaginar supuestos en que concurran conflictos de interés y, en cambio, el discernimiento no se sesga? naturalmente; pero esto nos debe llevar a hacer dos advertencias: 1) la neurociencia ha demostrado que los humanos nos cuesta reconocer que, a veces, estamos cegados por nuestros intereses particulares; 2) aunque, hipotéticamente, no se lesione el principio de imparcialidad y objetividad, lo que es seguro que se deteriora es otro principio, el de la confianza.
La inmensa mayoría de nuestros servidores públicos actúan profesionalmente y honestamente, pero en su condición de ciudadanos pueden tener intereses particulares que, de no ser detectados a tiempo y gestionados adecuadamente, se convierten en un riesgo que puede llegar a convertirse en corrupción. Así lo constata la experiencia de la Oficina Antifraude de Cataluña en su vertiente de investigación; en una parte considerable de los supuestos examinados estaba presente una situación de conflicto de interés mal resuelta.
Fruto de esta experiencia y del encargo recibido del Parlamento de Cataluña a raíz de la Comisión de investigación en el conocido como caso Pujol, la Oficina Antifraude, en colaboración con la Cámara, ha publicado recientemente en la Col · colección Testigos Parlamentarios un informe dedicado a la Gestión de los conflictos de interés en el sector público de Cataluña.
De este estudio se desprende que, al igual que ya hace años hemos aprendido a gestionar integralmente los riesgos laborales, los conflictos de interés, como cualquier otro riesgo de corrupción, también pueden (y deben) ser gestionados preventivamente.
En este sentido, la Oficina considera necesaria una inaplazable revisión integral del sistema de gestión de conflictos de interés que tenga como punto de partida un análisis de riesgos para cada uno de los colectivos de servidores públicos de los entes y organismos integrantes del sector público de Cataluña.
A nuestros líderes y decisores públicos los tenemos que alentar a trabajar preventivamente, con determinación, contra la corrupción. En esta tarea siempre tendrán un aliado en la Oficina Antifraude de Cataluña. Aunque las acciones en este sentido no resulten tan él como otros que son más visibles a corto plazo, pueden tener el convencimiento de que es la manera más eficaz de luchar contra la corrupción.
La confianza en la imparcialidad de los poderes públicos resulta determinante de la efectividad de los esfuerzos que se hagan en materia anticorrupción porque, como ha explicado la profesora Rose-Ackerman, hay que evitar caer en un círculo vicioso según el cual la desconfianza alimenta la corrupción y, al mismo tiempo, esta hace crecer la desconfianza.
Artículo del Director de Prevención de la Oficina Antifraude de Catalunya, Òscar Roca, publicado en La Vanguardia el día 28/02/2017