Antifraude presenta alegaciones al Anteproyecto de Ley de la protección de las personas alertadoras, que debe transponer la Directiva europea

Antifraude considera que el impacto y la afectación que debe tener la norma de transposición debería ser más ambicioso y abarcar otras normas del ordenamiento jurídico

Antifrau ha detectado en el anteproyecto algunos "problemas relevantes" que hacen que no se pueda considerar que se alcanza una transposición correcta y completa de la Directiva Europea, así como un número importante de aspectos susceptibles de mejora

Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informan sobre infracciones del Derecho de la Unión

23 de marzo de 2022. La Oficina Antifraude de Cataluña ha presentado alegaciones al Ministerio de Justicia en relación con el Anteproyecto de Ley de la Protección de las Personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativas a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión, que se aprobó en el Consejo de Ministros del 4 de marzo, con el fin de contribuir a clarificar y mejorar algunos aspectos del Anteproyecto, y ofrecer algunas reflexiones.

Antifraude también ha trasladado su posicionamiento en el marco de una reunión con la Subsecretaría de Justicia y la Red Estatal de Oficinas y Agencias Antifraude, que ha tenido lugar esta mañana vía telemática, donde se ha detallado las alegaciones realizadas y el posicionamiento respecto al Anteproyecto presentado por el Ministerio.

En las alegaciones, la Oficina Antifraude entiende que es indispensable que cualquier norma en esta materia parta de una reflexión mucho más amplia que la que parece haberse hecho hasta ahora sobre los títulos competenciales implicados y las competencias de las comunidades autónomas. Antifraude ha presentado alegaciones a casi todos los artículos del anteproyecto, excepto a los que tienen que ver con la Autoridad Estatal de Protección del Informante.

Antifraude ha detectado en el anteproyecto algunos problemas relevantes en cuanto a una correcta y completa transposición de la Directiva europea, así como un número importante de aspectos susceptibles de mejora. En las alegaciones presentadas se señalan los que se consideran más evidentes en los ámbitos del sector público. La primera remarca que no parece que el Anteproyecto quiera fomentar una cultura de la denuncia o de la alerta (speak-up), ya que se amplían las exclusiones a la protección y se aplica un régimen de inadmisiones de las denuncias que la condiciona, lo que resulta contrario a las previsiones de la Directiva.

Otra consideración previa que recogen las alegaciones es que el texto parte de cierta confusión en relación con los canales internos y externos según vienen configurados en la Directiva, confusión que condiciona gravemente la posibilidad de que pueda entenderse correctamente transpuesta.

Antifraude propone que “para mayor seguridad jurídica” se elabore un listado de definiciones auténticas, como lo hace la Directiva que ahora se pretende transponer (sistemas internos de información, canales de denuncia, etc).

El anteproyecto de ley llega con retraso, porque el plazo para adaptar la Directiva UE 2019/1937 se había agotado el pasado 17 de diciembre de 2021. De hecho, a finales de enero la Comisión Europa inició un procedimiento de infracción a 24 países, entre ellos España, por no transponer la Directiva relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión Europea (UE).

Anteproyecto de Ley de la Protección de las Personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativas a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión