Antifraude cierra la investigación sobre el contrato adjudicado por el Instituto Catalán de la Salud (ICS) a la empresa Basic Device, SL, para el suministro de mascarillas, trajes de protección y respiradores

Se ha considerado pertinente informar de la operación examinada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria dado el riesgo tributario que se ha inferido al respecto

Calle vacía durante la pandemia

23 de mayo de 2022. La Oficina Antifraude de Cataluña, después de haber valorado las alegaciones del Instituto Catalán de la Salud (ICS) y del Departamento de Economía y Hacienda en el informe razonado enviado por esta institución el 9 de febrero, sobre la investigación del contrato adjudicado a la empresa Basic Devices, SL, para el suministro de mascarillas, trajes de protección y respiradores, da por cerrada la investigación e inicia la fase de seguimiento. Sin embargo, se ha considerado pertinente informar de la operación examinada a la Agencia Estatal de Administración Tributaria dado el riesgo tributario que se ha inferido al respecto.

La Oficina Antifraude de Cataluña, después de haber estudiado las alegaciones presentadas, y teniendo en cuenta la situación de extrema necesidad de aprovisionamiento de material sanitario de protección personal en los momentos iniciales de la pandemia, reitera de nuevo que:

1. En cuanto a la falta de información relativa al origen y a los contactos preliminares en el encargo de emergencia con la empresa Basic Devices, SL, las respuestas analizadas no aportan ninguna información adicional o complementaria sobre los motivos que llevaron al ICS a seleccionar a la referida empresa ni sobre el número ni contenido de los contactos preliminares.
Tal y como ya se decía en el informe razonado enviado, estas carencias informativas iniciales desactivaron cualquier mecanismo de prevención, detección y solución de conflictos de interés o de lucha contra la corrupción.

2. Sobre la posible situación de prohibición de contratar de Basic Devices, SL, aparte de que resulta incontrovertible que esta empresa tenía una actividad económica residual y que no disponía de ninguna persona trabajadora en el momento de contratar; Antifraude reitera la recomendación al ICS que, dadas las interpretaciones opuestas sobre la obligación relativa a que las empresas licitadoras deben estar inscritas como tales en el sistema de la seguridad social -apartado a) epígrafe primero del artículo 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas-, requisito que no cumplía, en el momento de la contratación, Basic Devices, formule consulta al respecto ante el órgano consultivo específico de la Generalitat de Cataluña en materia de contratación pública.

3. En cuanto a la inexistencia de cobertura legal para el abono anticipado de la prestación, la Oficina Antifraude se reafirma en que el 20.03.2020, momento en el que se ordenó el pago anticipado de 35.000.000,20 euros a Basic Devices,SL, no había cobertura legal para ello.
No podía resultar de aplicación el artículo 120.1, apartado d) de la Ley de Contratos del Sector Público, que contempla la posibilidad de que “el libramiento de los fondos necesarios se hubieran realizado a justificar”. Este mismo apartado exige que en el caso de avanzar fondos a justificar, transcurrido un mes de la adopción del encargo de emergencia, se retirará preceptiva cuenta justificativa. Un extremo, que en el caso investigado no se produjo.
Asimismo, la versión vigente en el momento del pago del art. 16 del Real Decreto-Ley 7/2020, de 12 de marzo, por el cual se adoptan medidas urgentes para dar respuesta al impacto económico del COVID19, sólo preveía la posibilidad de realizar, no abonos anticipados, sino abonos a cuenta por acciones preparatorias a “los órganos de la Administración General del Estado”; y, además, la normativa especial y propia de Cataluña tampoco preveía en ese momento la posibilidad de realizar abonos anticipados.
En cualquier caso, Antifraude queda a la espera de recibir la evaluación preliminar sobre la incorporación de medidas de regulación de los contratos de emergencia que se señala en la respuesta del Conseller de Economía y Hacienda.

4. Finalmente, Antifraude insta al Departamento de Economía y Hacienda y al ICS que valoren y verifiquen el alcance, la repercusión y los efectos de la aplicación de la normativa tributaria y aduanera en operación con Basic Devices, SL, que en el momento de ejecución del contrato se modificó.
El 23 de abril de 2020 entró en vigor una modificación de naturaleza tributaria que establecía aplicar el tipo del cero por ciento del impuesto sobre el Valora Añadido a las entregas de bienes, importaciones y adquisiciones intracomunitarias, siempre que sus destinatarios fueran entidades de derecho público, clínicas o centros hospitalarios o entidades privadas de carácter social (apartado tres del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Importe sobre el Valor Añadido).
Aunque el abono del precio, con el IVA soportado correspondiente, se realizó en fecha anterior al de la entrada en vigor de la mencionada normativa, lo cierto es que se entregó al ICS material sanitario importado hasta mayo de 2020.
Por otra parte, en atención a las circunstancias descritas, se ha inferido un riesgo tributario que se pone en conocimiento de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) por si considera que la operación examinada puede ser objeto de su actuación.

Antecedentes de la investigación

El 9 de abril de 2020, el Director de la Oficina Antifraude ordenó el inicio de una actuación de análisis sobre presuntas irregularidades en la cadena de distribución y venta de productos sanitarios esenciales. Esta actuación se instó por iniciativa propia, ante el incremento de riesgo de corrupción que comportaba la situación de estado de alarma sanitaria conjuntamente con la generalización de la tramitación de emergencia de compras por parte de las administraciones públicas catalanas.

En el marco de aquella actuación se realizó una búsqueda sistemática de anuncios de compra pública de mascarillas. De resultas de la investigación, y teniendo en cuenta los riesgos antes señalados, se identificó la compra masiva de material sanitario por parte del Instituto Catalán de la Salud (ICS) por un importe inicial de más de 60 millones de euros a la empresa Basic Devices, SL, que se habría presentado como intermediaria del mercado chino. Por aquellas fechas y vinculado a esta compra, varios medios de comunicación hicieron público que el Gobierno de la Generalitat había presentado una denuncia ante los Mossos d'Esquadra por una posible estafa. De hecho, según se recogía en los medios de comunicación, la entidad financiera encargada de efectuar los pagos alertó de la posible estafa por parte de esa mercantil.

El 8 de mayo de 2020, el Director de la Oficina Antifraude dio por cerrada la fase preliminar de la actuación y ordenó el inicio de un expediente de investigación de esta compra.

El 9 de febrero de 2022, el Director de Antifraude dio traslado del informe razonado al ICS y el Departamento de Economía y Hacienda, en fecha 8 de marzo de 2022, éstas remitieron a Antifraude sus alegaciones. El 20 de mayo se ha dado por cerrada la investigación y ha pasado a fase de seguimiento.

Puede consultar la Nota sobre el informe razonado aquí: https://antifrau.cat/sites/default/files/2022-02/NdP_Actuacio-investigacio-presumptes-irregularitats-cadena-distribucio-venda-productes-sanitaris-crisi-produida-COVID-19.pdf