Oficina Antifrau de Catalunya

Preguntas más frecuentes

¿Quién tiene la obligación de denunciar ante la Oficina Antifraude de Catalunya?

El artículo 16.4 de la Ley 14/2008, de 5 de noviembre, de la Oficina Antifraude de Cataluña impone a las autoridades y a los directores o responsables de oficinas públicas el deber de comunicar de inmediato a la Oficina «los hechos que detecten y puedan ser considerados constitutivos de corrupción o conductas fraudulentas o ilegales contrarios a los intereses generales».

 ¿Quién puede dirigirse a la Oficina Antifraude de Cataluña para denunciar?

Cualquier otra persona puede poner en conocimiento de la Oficina hechos presuntamente constitutivos de corrupción, prácticas fraudulentas o conductas ilegales que afecten a los intereses generales o a la gestión de los fondos públicos.

¿Cómo lo puedo hacer?

Por escrito, haciendo constar una relación circunstanciada de los hechos (y su identidad), que puede presentar directamente a la Oficina o enviar por correo electrónico o por correo administrativo.

¿Y si no deseo que conste mi identidad?

Todas las actuaciones de la Oficina Antifraude de Cataluña están presididas por el principio de máxima reserva. Su personal tiene además el deber de secreto. No obstante, si lo desea, la Ley le garantiza el derecho a pedir que se mantenga la confidencialidad de su identidad. En tal caso, la Oficina Antifraude de Cataluña está obligada a mantener reservado cualquier dato que permita su identificación.

Estaría dispuesto o dispuesta a denunciar pero temo sufrir represalias .

La Oficina Antifraude de Cataluña asume el compromiso de prestar asistencia y asesoramiento a toda persona denunciante o informante que actué de buena fe. Si en algún momento fuera usted objeto de algún acto de represalia como consecuencia de haber denunciado, lo puede poner en conocimiento de la Oficina y esta promoverá o ejercerá ante las autoridades competentes las acciones correctoras o de restablecimiento que sean necesarias, y dejará constancia de los hechos, también, en la memoria anual que presenta al Parlamento de Cataluña.

Ya he denunciado los mismos hechos ante la policía, los tribunales o el Ministerio Fiscal. ¿Puedo volver a denunciarlos ahora ante la Oficina Antifraude de Cataluña?

No, si le consta que éstos han iniciado las investigaciones correspondientes.